Fideicomiso para Licitaciones

Proteja su obra y cumpla con las normativas de su licitación.

Fideicomiso para Licitaciones

La posibilidad de usar la figura jurídica-económica de Fideicomiso para Licitaciones tiene su base en el derecho bancario y financiero. Para dinamizar la ejecución de una obra pública, constituye una propuesta interesante para reducir las malas prácticas en la gestión de los adelantos que se otorguen a los contratistas, de acuerdo a lo dispuesto por las bases integradas.

 

De tal manera, consideramos que resulta idóneo y conveniente incluir en el marco legal aplicable a la ejecución de una obra pública, bajo el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, la figura del fideicomiso; ya que obligaría al contratista a usar los fondos de los adelantos otorgados sólo en la obra correspondiente. Sin embargo, dicha disposición no es de cumplimiento obligatorio, sino más bien es facultativa, lo que significa que será cada entidad la que adopte la decisión discrecional de incluir el fideicomiso en las bases integradas.

Base legal de los fideicomisos en contratos de obras públicas (Fideicomiso para Licitaciones)

  1. Elementos Personales: Son las personas individuales o jurídicas que otorgan la escritura pública de fideicomiso:
  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
  5. Fines u Objetivos: Fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria y así dar seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

¿Por qué un contratista debe elegir el fideicomiso de Adelantos de Obra y Materiales (Fideicomiso para Licitaciones)? 

 

A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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Finalmente, Asiamerica Brokers Corredores de Seguros le garantiza agilidad en las gestiones y una asesoría completa para poder gestionar sus seguro o fideicomiso. Tenemos más de 30 años de trayectoria y tenemos amplia experiencia en Seguro Personal, Educacional, Vehicular, de Salud, Domiciliario, Todo riesgo de construcción, Todo riesgo de montaje, Todo riesgo de equipo contratista, Equipo electrónico, fideicomiso, carta Fianza y más.

 

Consúltenos sin compromiso alguno y le podemos asesorar para obtener su Fideicomiso para Licitaciones al 996 131 556. Escríbanos a WhatsApp o déjenos su consulta más abajo.

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Ventajas del Fideicomiso

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Gestionamos toda su Carta Fianza y Fideicomiso para iniciar su obra.

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  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
  5. Fines u Objetivos: Fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria y así dar seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

¿Por qué un contratista debe elegir el fideicomiso de Adelantos de Obra y Materiales (Fideicomiso para Licitaciones)? 

 

A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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Gestionamos toda su Carta Fianza y Fideicomiso para iniciar su obra.

 

Contrato: Los fideicomisos se constituyen mediante escritura pública, en la cual se plasman las condiciones que regirán el mismo.

  1. Elementos Personales: Son las personas individuales o jurídicas que otorgan la escritura pública de fideicomiso:
  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
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  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

¿Por qué un contratista debe elegir el fideicomiso de Adelantos de Obra y Materiales (Fideicomiso para Licitaciones)? 

 

A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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Gestionamos toda su Carta Fianza y Fideicomiso para iniciar su obra.

 

  1. La Entidad pública transfiere los fondos del adelanto de obra al fideicomiso, por lo que se convierte en el fideicomitente en esta relación. Al firmarse el contrato de fideicomiso, se establecen los hitos y condiciones en las que se realizarán los desembolsos al contratista interviniente.
  2. Los fondos del Fideicomiso para Licitaciones son recibidos en una cuenta bancaria abierta por la empresa fiduciaria en un banco del sistema financiero, y a partir de ese momento administrarán esos fondos de manera correcta en la obra. Si la empresa fiduciaria viene a ser representada por un banco, entonces la cuenta bancaria del fideicomiso podrá ser abierta en ese mismo banco.
  3. La empresa fiduciaria designará a una empresa especializada en el rubro de actividades propias de la ejecución de la obra, para lo cual solicitará cotizaciones a estas empresas especializadas y seleccionará a la que sea más adecuada. La empresa seleccionada fungirá como Supervisor. Será la encargada de indicar a la fiduciaria, mediante informes, cuándo puede proceder con el desembolso de sumas de dinero solicitadas por el contratista al fideicomiso.
  4. Durante toda la vigencia del fideicomiso, la Entidad pública también funge como fideicomisario; ya que es la parte que establece las instrucciones sobre cómo se desembolsarán los fondos del fideicomiso. Instrucciones que serán seguidas por la fiduciaria.
  5. El contratista interviniente ejecutará la obra realizando solicitudes de desembolso de los fondos del fideicomiso cuando éste requiera de dichos fondos.
  6. Los fondos del adelanto de obra se convierten en el patrimonio fideicometido. Este patrimonio irá disminuyendo conforme se vayan realizando los desembolsos de dinero al contratista interviniente. El plazo del fideicomiso termina cuando todos los fondos del patrimonio han sido desembolsados en su totalidad.

¿Qué elementos tiene un fideicomiso público (Fideicomiso para Licitaciones)?

 

Contrato: Los fideicomisos se constituyen mediante escritura pública, en la cual se plasman las condiciones que regirán el mismo.

  1. Elementos Personales: Son las personas individuales o jurídicas que otorgan la escritura pública de fideicomiso:
  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
  5. Fines u Objetivos: Fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria y así dar seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

¿Por qué un contratista debe elegir el fideicomiso de Adelantos de Obra y Materiales (Fideicomiso para Licitaciones)? 

 

A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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Esto es lo que sucede al constituirse un fideicomiso en contratos de obras públicas (Fideicomiso para Licitaciones):

 

  1. La Entidad pública transfiere los fondos del adelanto de obra al fideicomiso, por lo que se convierte en el fideicomitente en esta relación. Al firmarse el contrato de fideicomiso, se establecen los hitos y condiciones en las que se realizarán los desembolsos al contratista interviniente.
  2. Los fondos del Fideicomiso para Licitaciones son recibidos en una cuenta bancaria abierta por la empresa fiduciaria en un banco del sistema financiero, y a partir de ese momento administrarán esos fondos de manera correcta en la obra. Si la empresa fiduciaria viene a ser representada por un banco, entonces la cuenta bancaria del fideicomiso podrá ser abierta en ese mismo banco.
  3. La empresa fiduciaria designará a una empresa especializada en el rubro de actividades propias de la ejecución de la obra, para lo cual solicitará cotizaciones a estas empresas especializadas y seleccionará a la que sea más adecuada. La empresa seleccionada fungirá como Supervisor. Será la encargada de indicar a la fiduciaria, mediante informes, cuándo puede proceder con el desembolso de sumas de dinero solicitadas por el contratista al fideicomiso.
  4. Durante toda la vigencia del fideicomiso, la Entidad pública también funge como fideicomisario; ya que es la parte que establece las instrucciones sobre cómo se desembolsarán los fondos del fideicomiso. Instrucciones que serán seguidas por la fiduciaria.
  5. El contratista interviniente ejecutará la obra realizando solicitudes de desembolso de los fondos del fideicomiso cuando éste requiera de dichos fondos.
  6. Los fondos del adelanto de obra se convierten en el patrimonio fideicometido. Este patrimonio irá disminuyendo conforme se vayan realizando los desembolsos de dinero al contratista interviniente. El plazo del fideicomiso termina cuando todos los fondos del patrimonio han sido desembolsados en su totalidad.

¿Qué elementos tiene un fideicomiso público (Fideicomiso para Licitaciones)?

 

Contrato: Los fideicomisos se constituyen mediante escritura pública, en la cual se plasman las condiciones que regirán el mismo.

  1. Elementos Personales: Son las personas individuales o jurídicas que otorgan la escritura pública de fideicomiso:
  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
  5. Fines u Objetivos: Fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria y así dar seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

¿Por qué un contratista debe elegir el fideicomiso de Adelantos de Obra y Materiales (Fideicomiso para Licitaciones)? 

 

A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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¿Qué es un Fideicomiso?

 

Un Fideicomiso para Licitaciones es un contrato mediante el cual el fideicomitente transmite ciertos bienes y derechos al fiduciario afectándolos a fines determinados. El fiduciario los recibe con la limitación de carácter obligatorio de realizar solo aquellos actos exigidos para cumplir los fines del Fideicomiso para Licitaciones. El fideicomisario es la persona a la que le corresponde beneficiarse del Fideicomiso para Licitaciones.

 

Los fideicomisos públicos son instrumentos jurídicos creados por la administración pública para cumplir con una finalidad lícita y determinada. A la cual se destinan los fondos convenidos entre las partes. A efecto de fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria. Asimismo, mediante el contrato de fideicomiso se da seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.

Esto es lo que sucede al constituirse un fideicomiso en contratos de obras públicas (Fideicomiso para Licitaciones):

 

  1. La Entidad pública transfiere los fondos del adelanto de obra al fideicomiso, por lo que se convierte en el fideicomitente en esta relación. Al firmarse el contrato de fideicomiso, se establecen los hitos y condiciones en las que se realizarán los desembolsos al contratista interviniente.
  2. Los fondos del Fideicomiso para Licitaciones son recibidos en una cuenta bancaria abierta por la empresa fiduciaria en un banco del sistema financiero, y a partir de ese momento administrarán esos fondos de manera correcta en la obra. Si la empresa fiduciaria viene a ser representada por un banco, entonces la cuenta bancaria del fideicomiso podrá ser abierta en ese mismo banco.
  3. La empresa fiduciaria designará a una empresa especializada en el rubro de actividades propias de la ejecución de la obra, para lo cual solicitará cotizaciones a estas empresas especializadas y seleccionará a la que sea más adecuada. La empresa seleccionada fungirá como Supervisor. Será la encargada de indicar a la fiduciaria, mediante informes, cuándo puede proceder con el desembolso de sumas de dinero solicitadas por el contratista al fideicomiso.
  4. Durante toda la vigencia del fideicomiso, la Entidad pública también funge como fideicomisario; ya que es la parte que establece las instrucciones sobre cómo se desembolsarán los fondos del fideicomiso. Instrucciones que serán seguidas por la fiduciaria.
  5. El contratista interviniente ejecutará la obra realizando solicitudes de desembolso de los fondos del fideicomiso cuando éste requiera de dichos fondos.
  6. Los fondos del adelanto de obra se convierten en el patrimonio fideicometido. Este patrimonio irá disminuyendo conforme se vayan realizando los desembolsos de dinero al contratista interviniente. El plazo del fideicomiso termina cuando todos los fondos del patrimonio han sido desembolsados en su totalidad.

¿Qué elementos tiene un fideicomiso público (Fideicomiso para Licitaciones)?

 

Contrato: Los fideicomisos se constituyen mediante escritura pública, en la cual se plasman las condiciones que regirán el mismo.

  1. Elementos Personales: Son las personas individuales o jurídicas que otorgan la escritura pública de fideicomiso:
  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
  5. Fines u Objetivos: Fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria y así dar seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

¿Por qué un contratista debe elegir el fideicomiso de Adelantos de Obra y Materiales (Fideicomiso para Licitaciones)? 

 

A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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Ventajas del Fideicomiso

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Ley orgánica: Ley General Del Sistema Financiero Y Del Sistema De Seguros Y Orgánica De La Superintendencia De Banca Y Seguros – Ley Nº 26702.

 

RF: Reglamento Del Fideicomiso Y De Las Empresas De Servicios Fiduciarios.

 

LCE: Ley de Contrataciones del Estado – Ley N° 30225.

 

RLCE: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

¿Qué es un Fideicomiso?

 

Un Fideicomiso para Licitaciones es un contrato mediante el cual el fideicomitente transmite ciertos bienes y derechos al fiduciario afectándolos a fines determinados. El fiduciario los recibe con la limitación de carácter obligatorio de realizar solo aquellos actos exigidos para cumplir los fines del Fideicomiso para Licitaciones. El fideicomisario es la persona a la que le corresponde beneficiarse del Fideicomiso para Licitaciones.

 

Los fideicomisos públicos son instrumentos jurídicos creados por la administración pública para cumplir con una finalidad lícita y determinada. A la cual se destinan los fondos convenidos entre las partes. A efecto de fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria. Asimismo, mediante el contrato de fideicomiso se da seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.

Esto es lo que sucede al constituirse un fideicomiso en contratos de obras públicas (Fideicomiso para Licitaciones):

 

  1. La Entidad pública transfiere los fondos del adelanto de obra al fideicomiso, por lo que se convierte en el fideicomitente en esta relación. Al firmarse el contrato de fideicomiso, se establecen los hitos y condiciones en las que se realizarán los desembolsos al contratista interviniente.
  2. Los fondos del Fideicomiso para Licitaciones son recibidos en una cuenta bancaria abierta por la empresa fiduciaria en un banco del sistema financiero, y a partir de ese momento administrarán esos fondos de manera correcta en la obra. Si la empresa fiduciaria viene a ser representada por un banco, entonces la cuenta bancaria del fideicomiso podrá ser abierta en ese mismo banco.
  3. La empresa fiduciaria designará a una empresa especializada en el rubro de actividades propias de la ejecución de la obra, para lo cual solicitará cotizaciones a estas empresas especializadas y seleccionará a la que sea más adecuada. La empresa seleccionada fungirá como Supervisor. Será la encargada de indicar a la fiduciaria, mediante informes, cuándo puede proceder con el desembolso de sumas de dinero solicitadas por el contratista al fideicomiso.
  4. Durante toda la vigencia del fideicomiso, la Entidad pública también funge como fideicomisario; ya que es la parte que establece las instrucciones sobre cómo se desembolsarán los fondos del fideicomiso. Instrucciones que serán seguidas por la fiduciaria.
  5. El contratista interviniente ejecutará la obra realizando solicitudes de desembolso de los fondos del fideicomiso cuando éste requiera de dichos fondos.
  6. Los fondos del adelanto de obra se convierten en el patrimonio fideicometido. Este patrimonio irá disminuyendo conforme se vayan realizando los desembolsos de dinero al contratista interviniente. El plazo del fideicomiso termina cuando todos los fondos del patrimonio han sido desembolsados en su totalidad.

¿Qué elementos tiene un fideicomiso público (Fideicomiso para Licitaciones)?

 

Contrato: Los fideicomisos se constituyen mediante escritura pública, en la cual se plasman las condiciones que regirán el mismo.

  1. Elementos Personales: Son las personas individuales o jurídicas que otorgan la escritura pública de fideicomiso:
  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
  5. Fines u Objetivos: Fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria y así dar seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

¿Por qué un contratista debe elegir el fideicomiso de Adelantos de Obra y Materiales (Fideicomiso para Licitaciones)? 

 

A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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Para entender la función de los Fideicomiso para Licitaciones es necesario revisar cómo están ordenados en la ley peruana. A continuación mencionaremos la normativa que aplica a los fideicomisos y designaremos los términos abreviados que usaremos más adelante para referirnos a dicha normativa:

 

Ley orgánica: Ley General Del Sistema Financiero Y Del Sistema De Seguros Y Orgánica De La Superintendencia De Banca Y Seguros – Ley Nº 26702.

 

RF: Reglamento Del Fideicomiso Y De Las Empresas De Servicios Fiduciarios.

 

LCE: Ley de Contrataciones del Estado – Ley N° 30225.

 

RLCE: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

¿Qué es un Fideicomiso?

 

Un Fideicomiso para Licitaciones es un contrato mediante el cual el fideicomitente transmite ciertos bienes y derechos al fiduciario afectándolos a fines determinados. El fiduciario los recibe con la limitación de carácter obligatorio de realizar solo aquellos actos exigidos para cumplir los fines del Fideicomiso para Licitaciones. El fideicomisario es la persona a la que le corresponde beneficiarse del Fideicomiso para Licitaciones.

 

Los fideicomisos públicos son instrumentos jurídicos creados por la administración pública para cumplir con una finalidad lícita y determinada. A la cual se destinan los fondos convenidos entre las partes. A efecto de fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria. Asimismo, mediante el contrato de fideicomiso se da seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.

Esto es lo que sucede al constituirse un fideicomiso en contratos de obras públicas (Fideicomiso para Licitaciones):

 

  1. La Entidad pública transfiere los fondos del adelanto de obra al fideicomiso, por lo que se convierte en el fideicomitente en esta relación. Al firmarse el contrato de fideicomiso, se establecen los hitos y condiciones en las que se realizarán los desembolsos al contratista interviniente.
  2. Los fondos del Fideicomiso para Licitaciones son recibidos en una cuenta bancaria abierta por la empresa fiduciaria en un banco del sistema financiero, y a partir de ese momento administrarán esos fondos de manera correcta en la obra. Si la empresa fiduciaria viene a ser representada por un banco, entonces la cuenta bancaria del fideicomiso podrá ser abierta en ese mismo banco.
  3. La empresa fiduciaria designará a una empresa especializada en el rubro de actividades propias de la ejecución de la obra, para lo cual solicitará cotizaciones a estas empresas especializadas y seleccionará a la que sea más adecuada. La empresa seleccionada fungirá como Supervisor. Será la encargada de indicar a la fiduciaria, mediante informes, cuándo puede proceder con el desembolso de sumas de dinero solicitadas por el contratista al fideicomiso.
  4. Durante toda la vigencia del fideicomiso, la Entidad pública también funge como fideicomisario; ya que es la parte que establece las instrucciones sobre cómo se desembolsarán los fondos del fideicomiso. Instrucciones que serán seguidas por la fiduciaria.
  5. El contratista interviniente ejecutará la obra realizando solicitudes de desembolso de los fondos del fideicomiso cuando éste requiera de dichos fondos.
  6. Los fondos del adelanto de obra se convierten en el patrimonio fideicometido. Este patrimonio irá disminuyendo conforme se vayan realizando los desembolsos de dinero al contratista interviniente. El plazo del fideicomiso termina cuando todos los fondos del patrimonio han sido desembolsados en su totalidad.

¿Qué elementos tiene un fideicomiso público (Fideicomiso para Licitaciones)?

 

Contrato: Los fideicomisos se constituyen mediante escritura pública, en la cual se plasman las condiciones que regirán el mismo.

  1. Elementos Personales: Son las personas individuales o jurídicas que otorgan la escritura pública de fideicomiso:
  2. Fideicomitente: Para las entidades de la administración central, el Estado, a través de un funcionario público, como Mandatario del mismo; o una entidad descentralizada o autónoma, a través de su autoridad superior.
  3. Fiduciario: Bancos del Sistema o entidad financiera.
  4. Fideicomisario: Generalmente el Estado de Guatemala, la entidad descentralizada o autónoma o algún sector especifico beneficiado con los programas y proyectos a ejecutar a través del fideicomiso.
  5. Fines u Objetivos: Fomentar el desarrollo económico y social a través del manejo de los recursos públicos administrados por una institución fiduciaria y así dar seguimiento a diversos programas y proyectos estatales que persiguen el bien común.
  6. Patrimonio fideicometido: Conjunto de bienes y derechos transmitidos al fiduciario afectados a fines u objetivos determinados.

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A diferencia de los requisitos para otorgar Cartas Fianzas, no se requiere que la PYME constituya un depósito en garantía en la entidad financiera, que puede ser superior a 40% del monto de la Carta Fianza (en algunos casos llega al 100%), o poner en prenda o hipotecar bienes.

 

¿Quién es el responsable de la ejecución de los fideicomisos públicos?

 

La responsabilidad en coordinación recae con el Banco fiduciario, las unidades ejecutoras, tienen a su cargo la ejecución de los fideicomisos públicos. La existencia de una unidad ejecutora no exime al Fiduciario de las responsabilidades que por ley le atañen.

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